1 nov 2008

Señor:
Ing. Yehudi Simon Munaro
Presidente del Consejo de Ministros.
Lima.
Los que suscribimos los abajo firmantes de La Coordinadora de Organizaciones Quechuas y Aymaras de las regiones Cusco y Puno, después de diferentes jornadas de protesta, en contra de los decretos legislativos que atentan contra nuestra tierra y territorio, contra nuestro medio ambiente, y contra nuestros dirigentes que mas abajo detallamos, solicitamos dialogo con una alta comisión encabezada por Ud, Premier Ministro. Medida de protesta denominada “levantamiento de los pueblos Quechuas y Aymaras” que continuara de manera indefinida en caso de no acceder al dialogo.Manifestamos que con fecha 12 de diciembre del 2007, el poder Ejecutivo solicitó al Congreso de la REPUBLICA FACULTADES PARA LEGISLAR SOBRE DIVERSOS TEMAS RELACIONADAS CON LA IMPLEMENTACION DEL Tratado de Libre Comercio- TLC con Estados Unidos y para mejorar la competitividad económica del País para aprovechar dicho tratado. El Congreso lo autorizo, para emitir normas con rango de ley sobre estos temas, mediante la Ley Nº 29157, publicado el 19 de diciembre de 2007 en el diario “El Peruano”.
En ningún momento se a autorizado al gobierno legislar sobre los derechos o la propiedad de las comunidades y tierras, Lo único que se ha establecido es la “mejora de la competitividad Agraria”
Consideramos que los decretos legislativos emitidos por el gobierno del APRA son inconstitucionales, ya que el articulo 104 de la Constitución Política del Perú, señala que hay materias que el congreso no puede delegar al gobierno Central y si es así se configura la inconstitucionalida d de los Decretos que imita el gobierno sobre estas materias. Con mayor razón todo decretos Legislativo que se emita sobre un tema no autorizado por el Congreso, es inconstitucional. También estos decretos son contrarios del Convenio169- OIT sobre pueblos Indígenas y la Declaración de Nacionales Unidas sobre los Decretos de los Pueblos Indígenas. En estas normas internacionales se protegen los derechos de los pueblos indígenas-originario s y el estado peruano se ha comprometido a respetarlas e implementarlas, Tienen rango de Ley.
El convenio 169 – OIT señala que deberán consultarse a todas las decisiones y normas que afecten a los pueblos indígenas, preferentemente a través de sus organizaciones representativas.
Consulta sobre el aprovechamiento de recursos naturales en sus territorios (articulo 15.2)Consulta cuando se pretenda modificar las formas de transmisión o disposición de las tierras comunales (articulo 17.2)
Como el gobierno no ha cumplido con este mandato, Todas las normas aprobadas sobre comunidades y organizaciones son inconstitucionales.
POR TANTO EXIGIMOS:
A NIVEL NACIONAL: Anulación del TLC y Derogatoria inmediata de los decretos legislativos 994, 995, 1064, 1020, 1022, 1026, 1031, 1048, 1057, 1075, 1081, 1083, 1086, 1089, 1090 y otros más publicados en el marco del TLC que atentan a nuestras tierras y territorios y al desarrollo productivo agrícola y ganadera.
(Rechazo de reversión de tierras al estado).
Reconocimiento constitucional a las Naciones Quechuas y Aymara, y Nueva Constitución Política con estructura de Soberanía Plurinacional en aplicación al convenio 169 de la OIT , (auto determinación de los pueblos).
Recuperación de recintos sagrados, Machu Picchu, Saksay Huaman, Raqchi, Kori Cancha, Sillustani, Cutimbo y Otros lugares turísticos, para administració n directa de los hermanos(as) artesanos(as) y las comunidades Quechuas y Aymaras.
NIVEL REGIONAL PUNO.
Rechazo total a las concesiones mineras (Corani, Berenguela, y otros), petroleras (Progreso Azangaro, Chuchito Juli, Lampa, Ayaviri, Ilave y otros de la cuencua Lago Titica); gasiferas, e hídricos (Pasto grande, Tolapalca, Pampautaña Santa Lucia), y revisión inmediata de los contratos de la empresas en actividad.( Aruntani SAC, Arasi SAC, MINSUR SA, COFRE CIEMCIA, SANTA ANA, CARTAGENA S.A. Y OTROS)
Reparación y remediación por la contaminación minera a las cuencas del Titicaca (Río Antauta, Crucero, Ramis, Río Ayaviri, Melgar, Río Huenque-Ilave, Río Blanco, Río Suches, laguna de Pasto-Grande, Río Cabanillas Santa Lucia y Río Paratía, Mañazo y otros). Ref. Convenio 169 de la OIT.
Defensa irrestricta de los limites ancestrales del territorio de la región Puno Derogatoria definitivo de los Decretos legislativos 002 y 003 que crea la Reserva Nacional AYMARA LUPAKA ubicado en los distritos Mazocruz y Ccapaso, de la provincia el Collao. Región Puno.
Defensa del cultivo legal y comercializació n de la sagrada hoja de la Coca.
Concertación de precios de fibra de alpaca (30.00 según costo de producción) y lana de ovino, para la campaña 2009, así como aplicar políticas inmediatas al desarrollo agropecuario de las zonas rurales. (Implementació n de una planta textil alpaquera).
Exigimos una Educación con un enfoque de Educación Intercultural Bilingüe, desde nuestras lenguas quechua y aymara, en todos los niveles y modalidades del sistema educativo.
Absolución inmediata a los dirigentes aymaras Manuel llanos Huarahuara y Augusto Llanos Ayna, así como derogar los decretos legislativos que criminalizan la protesta popular.
Adjuntamos firmas de las organizaciones, miembros de la Coordinadora de Organizaciones Kheswa Aymar COQA, que dan lugar a este memorial y el
Acta del QULLA SUYU, con fecha 12 de Octubre.

Comité de Lucha Zona Sur - PUNO
Unión de Comunidades Aymaras - UNCA
Comunidades Afectadas Por Minería de PUNO
Organización de Mujeres Pachamama
Federación Interdistrital de Comunidades Alpaqueras FIDCA

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